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A la vez, la Agencia Tributaria recuerda que el gravamen sube al 21% cuando los rendimientos superan los 6000 euros y escala hasta el 28% para los grandes patrimonios.
Los bancos españoles actúan como agentes de retención, pueden ingresar de forma automática el 19% de los intereses en la cuenta de Hacienda y abonan al cliente el resto. "El contribuyente ya no decide; la retención es obligatoria", confirman fuentes del Ministerio.
El gravamen afecta tanto a cuentas abiertas en España como en el extranjero siempre que el titular sea residente fiscal en España. Si tu banco está fuera del país y ya practicó una retención, podrás descontarla en la declaración -pero solo hasta el límite del 19%- gracias a los convenios de doble imposición.
Tramo de intereses | Tipo estatal |
---|---|
Hasta 6000 euros | 19% |
6000 euros - 50.000 euros | 21% |
50.000 euros - 200.000 euros | 23% |
200.000 euros - 300.000 euros | 27% |
Más de 300.000 euros | 28% |
"La ventaja es clara: puedes elegir el momento en que cambias euros a dólares y sacar partido de la oscilación del mercado", señala Mezcua.
Pero hay dos peligros:
Además, la nueva retención reduce el beneficio neto de la operación.
Modelo 720: si el saldo conjunto en el extranjero supera los 50,000 euros el 31 de diciembre, debes informarlo antes del 31 de marzo. Las multas por omisión llegan a 20.000 euros.
Conversión a euros: en la declaración de la renta siempre se declara el rendimiento convertido a euros al tipo oficial del BCE del día anterior.
Retención extranjera deducible: solo si existe convenio de doble imposición con ese país.
Compara comisiones: busca cuentas multidivisa sin gastos de mantenimiento.
Calcula la rentabilidad neta: resta la retención del 19 % y los posibles costes bancarios.
Diversifica plazos: no metas todo el ahorro en una sola moneda ni en un único vencimiento.
Guarda justificantes: conserva contratos y resguardos de cambio para Hacienda.
Planifica la retirada: fija un objetivo de tipo de cambio y no improvises si surge una emergencia.