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También, cuando el pago se realice mediante transferencia, cheque personal o crédito bancario, no será obligatorio presentar el "Perfil del Cliente". Esto busca fomentar las operaciones bancarizadas.
Otro cambio relevante dentro de este plan es la modificación de los umbrales a partir de los cuales las entidades financieras deben reportar operaciones a la ARCA, lo que representa una fuerte desregulación respecto al régimen anterior.
A continuación, los nuevos límites establecidos para diferentes tipos de operaciones:
Transferencias y acreditaciones bancarias: solo se reportarán montos superiores a $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para personas jurídicas.
Extracciones de efectivo: se informarán únicamente aquellas que superen los $ 10.000.000, tanto para individuos como para empresas.
Saldos bancarios al cierre del mes: el mínimo requerido para ser informado es de $ 50.000.000, en el caso de personas humanas y $ 30.000.000 para jurídicas.
Plazos fijos: el umbral pasó de $ 1.000.000 a $ 100.000.000 para particulares, y se fijó en $ 30.000.000 para empresas.
Movimientos en billeteras virtuales: solo se reportarán transferencias o acreditaciones por encima de $ 50.000.000 en s individuales y $ 30.000.000 en cuentas corporativas.
Inversiones en Alycs: las tenencias declarables se establecieron en más de $ 100.000.000 para individuos y $ 30.000.000 para empresas
Operaciones comerciales: el límite de reporte es de $ 10.000.000 millones, sin necesidad de identificación previa.
Como parte de este proceso de flexibilización, se anunció también la eliminación de varios regímenes de información obligatoria que afectaban a operaciones cotidianas. Entre ellos, ya no será necesario reportar:
Compras con tarjeta de débito o crédito
Transacciones realizadas a través de billeteras virtuales
Operaciones notariales (CITI Escribanos)
Compra y venta de autos usados
Pago de expensas
Consumo de servicios públicos de alto monto
Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI)
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